miércoles, 21 de mayo de 2008

¿Que soberanía puede tener un violador de la misma?







Solo un numero pequeño de personas están informadas de que este año Colombia puede perder una gran extensión de su territorio, pues la corte debe decidirse Colombia pierde un territorio rico en petróleo ante la “invasión” jurídica que presenta el gobierno nicaragüense, Colombia busca una solución diplomática y acepta la intervención de la corte pero la historia nos demuestra que son ansias de riqueza las que empujan a nicaragua a pedir la revisión de la corte internacional de justicia.

La nación colombiana ha declarado que esperara el fallo de la corte internacional de justicia. Este fallo tendrá lugar el día 13 de diciembre de 2008, tanta espera se debe al análisis de la corte de las pruebas y argumentos que presento el gobierno nicaragüense. Pero como es que una corte internacional debe analizar un caso que fue resuelto hace casi ya 100 años de forma bilateral entre los implicados de la lucha.

Nicaragua lleva el conflicto limítrofe a la corte internacional de la haya para que consulten los títulos de Colombia en el mar Caribe y el tratado esguerra-barcenas con Nicaragua. Hasta el momento la corte no ha pronunciado el fallo de la disputa limítrofe pues esta analizando si el tratado se cumple a veracidad y si es necesario modificarlo. Pero recordemos que el 5 de diciembre del 2001 Colombia retira la cláusula facultativa de reconocimiento de la competencia de la corte internacional así que a Nicaragua queda a la espera de la corte que en su historia nunca ha fallado en contra de un tratado internacional de fronteras.

La corte debe primero analizar el caso para ver su competencia, “ 2. La solicitud indicará, en la medida de lo posible, los fundamentos de derecho en que se basa el demandante para considerar competente a la Corte; indicará, además, la naturaleza precisa de lo demandado y contendrá una exposición sucinta de los hechos y fundamentos en que se basa la demanda.”[1]

El fallo que la nación espera de la corte internacional de justicia sobre el diferendo fronterizo con el estado nicaragüense no es sobre la soberanía que se tiene sobre la región denominada San Andrés y providencia, porque la corte ya se pronuncio al respecto, su respuesta ante la propuesta nicaragüense de revisar el caso de la soberanía fue: “ "La CIJ considera que el tratado de 1928 entre Colombia y Nicaragua resolvió la cuestión de la soberanía de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (...) y que por tanto, no puede ser competente en este punto"[2].


Lo que la nación, y todos los colombianos esperamos es que la corte falle acerca del nuevo límite porque según la corte "es competente en el diferendo relativo a la soberanía de las otras formaciones marítimas reivindicadas por las partes y sobre el diferendo relativo a la delimitación marítima entre ellas"[3], la corte esta ejerciendo sus facultades debido a que en el tratado esguerra barcenas esta claramente escrito “La República de Colombia reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Nicaragua sobre la costa de Mosquitos comprendida entre el Cabo de Gracia a Dios y el Río San Juan, y sobre las islas Mangle Grande y Mangle Chico en el Océano Atlántico (Great Corn Island y Little Corn Island); y la República de Nicaragua reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Colombia sobre las islas de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y todas las demás islas, islotes y cayos que hacen parte de dicho archipiélago de San Andrés…No se consideran incluidos en este Tratado los cayos de Roncador, Quitasueño y Serrana, el dominio de los cuales está en litigio entre Colombia y los Estados Unidos de América. “[4] En aquel artículo no se especifica que el meridiano 82 sea la exacta línea divisoria entre las dos naciones.






Pero según las leyes de delimitacion marítima cada nación tiene al menos 12 millas de mar territorial al poseer una costa, lo que equivaldría a mas o menos 19,4 kilómetros de mar territorial. El meridiano 82 se encuentra a 28 kilómetros de la costa de la isla de San Andrés y providencia, mientras que dista de 50 kilómetros de la plataforma continental nicaragüense, y se encuentra a 106 kilómetros de la más cercana propiedad territorial de la nación nicaragüense que son las islas de mangle grande y mangle chico. Así que si se piensa correr la frontera para beneficiar a nicaragua puede estarse vulnerando el derecho a mar territorial que tiene San Andrés.

Así que el meridiano 82 parece ser al menos la línea fronteriza más favorable a nicaragua en cuanto a este litigio, porque las divisiones marítimas en la mayoría de sus casos se basan en los paralelos y meridianos para ser las líneas divisorias.




A Colombia se le ha acusado recientemente de realizar maniobras militares, en las cuales se asesino y se llevo un cadáver de un vecino país, el gobierno colombiano reconoció que esta fue una acción ilegal y pidió disculpas de manera internacional, y como en cualquier proceso el gobierno colombiano dio la verdad, se hizo justicia señalando a Colombia como violador de la soberanía y dando promesas de no repetición de esta acción.

La violación que el gobierno colombiano dio del territorio ecuatoriano se dio en tierra y las maniobras son dadas dentro de un conflicto, aunque se reconoce que esta mal hecho no haber hablado con el gobierno ecuatoriano para pedir permiso para realizar el ataque. Pero el gobierno nicaragüense ha ido mas lejos cuando realiza licitaciones en territorio que pertenece a Colombia:”en 1969 nicaragua le concedió un permiso de exploración petrolera a la western caribean petroleum company alrededor de quitasueño y algunas zonas que traspasaban el meridiano 82 de Greenwich. Colombia sentó de inmediato nota de propuesta con fecha de 4 de junio de 1969 en la que entre otras cosas sostenía “las concesiones…. Abarcan zonas que traspasan el meridiano 82 de greenwich señalado en la misma negociación del 24 de marzo de 1928 por disposición del congreso de la republica de Nicaragua en decreto de ratificación del tratado con fecha de marzo de 1930 como limite occidental de el archipiélago de san Andrés y providencia””[5].

Nicaragua alega que Colombia es un estado que ataca su soberanía en el mar Caribe y que en el tratado internacional fue injusto porque san Andrés y providencia deberían ser nicaragüenses y una vez mas esta omitiendo que Colombia en buen uso de la buena fe reconoce legitimo que Nicaragua añada a su territorio 4 cayos llamados: cayo sur, cayo port royal, cayo sabana y cayo bobio. Pero el estado nicaragüense en una acción arremetedora quería desvirtuar el paralelo 15 como frontera marítima de la frontera terrestre derivada del fallo arbitral de Alfonso XIII proferido en 1906 (tratado muños bernaza).

Y la corte dice textualmente en respuesta al intento unilateral de nicaragua por cambiar la frontera: “la corte internacional suscita esta reconociendo que no existe el paralelo 15 como frontera marítima por tanto la base que se firmo el tratado con Colombia no tiene asidero legal”[6].

Aunque el gobierno ecuatoriano demando en el año 2001 su derecho a la soberanía sobre san Andrés y providencia la corte no se pronuncio sino recientemente, pero el gobierno nicaragüense se tomo atribuciones que no le pertenecen y en el año 2002 celebro un nuevo contrato, cuando ya se había iniciado el proceso y estaba en análisis de pruebas, el gobierno nicaragüense prejuzgo sobre la decisión final y constituyo un acto de guerra contra la nación colombiana. La zona comprometida esta vez comprendía unos 150000 kilómetros dentro de los cuales estaba el archipiélago de San Andrés al oriente del meridiano 82 y al norte del paralelo 49ª 59` 08``. Colombia actuó diplomáticamente y envió dos notas de protesta el 23 y 25 de julio del año 2002 y se suspendió la licitación.

Colombia reitera que las intenciones de la nación son llegar a un acuerdo diplomático mediante la mediación y no tener que llegar a un conflicto bélico “Nuestra posición no es de fuerza como dice el presidente Ortega, sino una posición jurídica, porque tenemos la soberanía de San Andrés desde hace más de 200 años y la hemos ejercido de manera pacífica, tranquila y continua"[7], señaló Fernando Araújo, canciller de Colombia, a la radio local Caracol.

Mientras en nicaragua se ven nubes de guerra, la expansión sandinista debe ser detenida si es por medios ilegales, no debemos movernos por el camino de los violentos "Si nosotros tuviésemos buques de guerra, aviones de combate o ese tipo de medios, estoy seguro que al presidente de Colombia ni se le ocurriría acercarse a San Andrés"[8], afirmó Ortega, en abierta crítica a la presencia de Uribe en esa isla en julio pasado.

Los colombianos no estaremos de acuerdo con la violencia por eso defendemos nuestros intereses por las vías legales, así que esperamos pacientemente el fallo de la corte internacional en el cual se reafirme nuestra autonomía sobre el territorio en cuestión para demostrar que las cosas se deben hacer por las vías legales, pero la cuestión prosigue y es que tan legales e inarbitrarios son los procedimientos que se darán en la corte.


3. imagen tomada de http://www.tribunalatina.com/es/img2/correa_AFP.jpg el dia 20 de mayo de 2008



[1] Sección c subseccion 1 articulo 38 parágrafo 2 del reglamento de la corte internacional de justicia encontrado en http://www.icj-cij.org/homepage/sp/icjrules.php - revisado el 10 de mayo de 2008
[2] Límites marítimos entre Colombia y Nicaragua quedan pendientes, revista cambio, pagina web - http://www.cambio.com.co/paiscambio/politicacambio/754/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR_CAMBIO-3858914.html - revisado el sábado 10 de mayo de 2008
[3]ídem
[4] Tratado esguerra-barcenas, redactado en Managua, 1928.
[5] Colombia insular y san Andrés como archipiélago oceánico, sociedad geográfica de Colombia academia de ciencias geográficas, archivo pdf - www.sogeocol.edu.co/documentos/Colinsu.pdf - revisado el 10 de mayo de 2008
[6] Comunicado de la corte penal internacional a los países en disputa
[7] Entrevista a Fernando Araujo canciller colombiano por radio caracol encontrado en : http://www.adnmundo.com/contenidos/politica/colombia-nicaragua-fuerzas-armadas-fallo-cij-limites-caribe-pi-121207.html revisado el 10 de mayo de 2008
[8] Entrevista a Daniel ortega presidente nicaragüense realizada por medios de nicaragua encontrada en http://noticiasrcn.com.co/content/presidente-nicaragua-pide-uribe-acepte-fallo-cij revisado el 10 de mayo de 2008

miércoles, 2 de abril de 2008

Las acusaciones de Nicaragua al límite con Colombia: un acto hipócrita











¿Qué es lo que pertenece realmente a Colombia?, sabemos que Bogotá es parte de Colombia, conocemos nuestros límites con Ecuador, Perú, Panamá, Venezuela y Brasil. Conocemos como delimitar por tierra, pero las delimitaciones por mar son diferentes, así que la pregunta sigue latente ¿en el mar que le puede pertenecer a Colombia?


Este tema se ha vuelto actual debido a la demanda que ha interpuesto el gobierno de Nicaragua ante la corte penal internacional de la Haya. En la demanda el gobierno de Nicaragua contra los límites marítimos impuestos por el tratado establecido en 1928 que fue reconocido por los 2 estados como el límite marítimo entre Colombia y Nicaragua, al que Colombia respeta y Nicaragua ataca diciendo que Colombia incursiona en el Caribe de una forma imperialista. Ante la CPI se pide 50000 kilómetros en el mar Caribe que están bajo el control colombiano.

Colombia obtuvo la soberanía del sector a partir del tratado con honduras (Ramírez Ocampo- López) que le reconoce soberanía hasta el paralelo 17 y el tratado Esguerra – Bárcenas firmado en 1928 que coloca como frontera marítima entre Colombia y Nicaragua el meridiano 82 lo que le da una gran porción de mar a Colombia junto con las islas de san Andrés y providencia y un gran número de cayos entre ellos pero excluyendo de tal división a los cayos roncador y quitasueño porque su soberanía estaba en discusión entre el gobierno colombiano y el gobierno de los Estados Unidos de América .

Entre los argumentos que están a favor del gobierno colombiano podemos encontrar el acto ilegal de desconocimiento de los tratados firmados de manera legítima, este desconocimiento es realizado de manera unilateral por parte del gobierno Nicaragüense.

Nicaragua al entrar en el periodo sandinista de gobierno en la década de los 80 ignora el tratado internacional firmado en 1928 con lo cual desconoce las fronteras marítimas ya establecidas, lo cual es ilegal. Colombia por su parte alega que el archipiélago de san Andrés le pertenece no solo por el titulo colonial proferido en san Lorenzo el 20 de noviembre de 1803 por España a nueva granada (hoy Colombia), sino por la soberanía que ha ejercido en la región desde 1838 y La aceptación de los países americanos del uso del “utis possidetis juris”. Nicaragua alega que la firma de este tratado viola su soberanía y su constitución pero el gobierno colombiano afirma que esto es falso.




Al subir al poder Daniel Ortega jefe de la guerrilla y del partido sandinista comenzó un litigio por la provincia de san Andrés y providencia alegando que el tratado fue firmado en una época en la cual Nicaragua se encontraba ocupada por fuerzas extranjeras lo que constituye un hecho de fuerza que obligo el país a reconocer esas fronteras, a esto responde el doctor Álvaro Mendoza Palomino, director del programa de relaciones internacionales de la universidad militar nueva granada “la presencia de estados unidos en Nicaragua, obedeció a una petición del propio gobierno nicaragüense para enfrentar la insurrección armada de Cesar Augusto Sandino y en tal virtud, jamás esa presencia tuvo que ver con el tratado Esguerra Bárcenas, la cual se negocio en un ambiente ausente de presiones externas que hubiesen podido afectar los intereses de las partes”[1]



El gobierno sandinista no puede desconocer la historia de su país, ni puede salirse del sistema que se ha establecido para regular los litigios internacionales. Su nación nunca ha mostrado soberanía sobre san Andrés.





El desconocimiento por parte de Nicaragua a este tratado es ilegal a la luz de la ley internacional, ningún estado puede darle una nulidad unilateral a un tratado firmado a menos que los demás países firmantes estén de acuerdo en la nulidad del mismo. Aunque la ley no especifica ninguna pena o sentencia para el país o nación que viole esta ley esto se puede tomar como una trasgresión a la soberanía nacional colombiana.

San Andrés es pertenencia de Colombia desde los tiempos de la colonia, la real orden de san Lorenzo expedida el 20 de noviembre de 1803 le asigna a Colombia las siguientes posesiones “el rey ha resuelto que la isla de san Andrés y providencia y la parte de la costa de mosquitos, desde el cabo de gracias a dios, inclusive, hacia el río chagres queden segregadas de la capitanía general de Guatemala y dependientes del virreinato de santa fe”[2].

La real orden nunca fue derogada mas bien fue avalada por los países independientes “el tratado estaba vigente cuando Colombia y las antiguas provincias unidas de Centroamérica celebraron el tratado de la unión, liga y confederación (Molina Gual) del 5 de marzo de 1825, cuyo artículo 7 acordaba respetar el uti possidetis juris, este concepto fue aceptado y ratificado por todos los representantes países asistentes a la conferencia”[3].

El uti possidetis juris traduce al español “como poseísteis así poseerás” es un recurso jurídico aceptado por las naciones, este recurso hace que las delimitaciones entre las naciones queden como estaban repartidas por la corona española después de la independencia.

Nicaragua alega que su territorio y su soberanía han sido transgredidos por el gobierno Colombiano, pero no mencionan que la costa de Nicaragua pertenecía a Colombia y que esta fue tomada como parte de la nación nicaragüense sin haber tratado o consentimiento alguno, después de eso se realizo el tratado Esguerra Bárcenas en el cual se reconoció la soberanía de Nicaragua sobre su costa al mar Caribe pero colocando como frontera el meridiano 82.

Colombia desde hace siglos ejerce soberanía sobre san Andrés, el pueblo sanandresano se ha autodenominado ciudadano colombiano bajo el derecho de autodeterminación de los pueblos. Esto quiere decir que si la población reconoce una soberanía por parte del gobierno y del estado colombiano no puede incluirse dentro de otro estado. No podemos permitir que los derechos de elección del pueblo sanandresano se vulneren de esta manera.

Nicaragua está intentando que la comunidad internacional vea a Colombia como un estado negligente que hace caso omiso a las políticas, reglas internacionales y que intenta pasar por encima de sus vecinos pero la historia demuestra que el gobierno nicaragüense pretende pasar por encima de sus vecinos y negar lo que en su soberanía afirma, así que sobre que plataforma moral se atreve Nicaragua a realizar tales acusaciones al gobierno Colombiano.

Colombia responde ante la haya con toda la legalidad y la diplomacia que siempre la ha caracterizado pero no va a perder otra vez parte de su territorio nacional como ocurrió con el amazonas y el conflicto con Perú o la posesión de los monjes y el gobierno venezolano.

El gobierno colombiano vigila y mantiene sus fronteras seguras como cualquier país y no puede permitir que los extranjeros se lleven la riqueza de la nación sin siquiera consultar al gobierno. De no aceptarse la soberania colombiana y perimitir que continuen las transgresiones del gobierno nicaraguense la nacion colombiana se vera en la penosa obligacion de utilizar la fuerza, aunque la politica nacional nunca ha sido la de las salidas militares


imagen 1 tomada de www.cco.gov.co/imagenes/mapa5.jpg el dia 2 de abril de 2008
imagen 2 tomada de
http://images.google.com/imgres?imgurl=http://www.marrder.com/htw/2006Nov/Images/htw4_11_11_06.jpg&imgrefurl=http://www.marrder.com/htw/2006Nov/&h=331&w=388&sz=30&hl=en&start=2&tbnid=-3PYcwAdzSrvNM:&tbnh=105&tbnw=123&prev=/images%3Fq%3Ddaniel%2Bortega%2Bsan%2Bandres%26gbv%3D2%26hl%3Den el dia 2 de abril de 2008
imagen 3 tomada de
http://www.hiltonpond.org/images/SASatelliteSanAndres02.jpg el dia 2 de abril de 2008
imagen 4 tomada de upload.wikimedia.org/wikipedia/en/thumb/4/4f/ el dia 2 de abril de 2008


[1] Mendoza Palomino, Álvaro “La reclamación de Nicaragua sobre el archipiélago de San Andrés y Providencia y el mecanismo ante la corte internacional de justicia de la haya” editorial universidad militar nueva granada, Bogotá 2008
[2] Ibíd.
[3] Virreinato “real orden de san Lorenzo” san Lorenzo 1803 encontrado en www.sogeocol.com.co/documentos/1disan.pdf revisado el 18 de marzo de 2008